Cambiar el Titular de la Luz 2024: ¿Qué se Necesita? ¿Cuánto Cuesta?

Resumen: En este artículo te contamos todos los pasos para cambiar el titular de la luz de una manera sencilla y completamente gratis. Te detallamos cómo hacerlo paso a paso, en qué situaciones debes realizar el trámite y que documentación necesitas.

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¿Cómo cambio el titular de la luz? Pasos a seguir

Cambiar la titularidad de la luz es un proceso rápido, sencillo y gratuito. Para cambiar el titular de la luz en un inmueble, deben seguirse estos pasos:

  1. Ponte en contacto con tu comercializadora.
  2. Aporta los documentos necesarios para llevar a cabo la gestión.
  3. Espera al final del ciclo de facturación y comprueba que se ha hecho efectivamente el cambio.

Este trámite es gratuito y puede efectuarse las veces que haga falta, sin incurrir en ningún tipo de penalización en ninguna de las comercializadoras.

¿Cómo se puede solicitar un cambio de titular de luz?

Para hacer efectivo el cambio de titularidad de los suministros eléctricos y de gas natural tanto en una compraventa como en arrendamiento se ha de contactar con tu compañía de luz. Estas ofrecen las siguientes vías para efectuar el cambio de titularidad de luz y gas:

  • Llamando por teléfono.
  • Por vía online, desde el área de clientes en la web o en una app.
  • De forma presencial en una tienda de la comercializadora.

A continuación te mostramos los números de teléfono gratuitos de las principales comercializadoras para hacer el cambio de titular:

Compañía Mercado Libre Mercado Regulado
Endesa 800.760.909 800.760.333
Iberdrola 900.225.235 900.200.708
Naturgy 900.100.251 900.100.259
Repsol 900.100.251 900.101.005
TotalEnergies 900.907.000 900.902.947
Holaluz 900.649.292
Podo 900.444.900
Servicio Gratuito de Papernest

Cambia de titular con:

 
Al área de clientes de la comercializadora se accede mediante tu nombre de usuario (que por regla general suele ser tu DNI o NIE) y la contraseña. Por supuesto, si aún no tienes cuenta podrás registrarte sin problemas.

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¿Cuáles son los requisitos y qué necesito para cambiar de titular de la luz?

Los requisitos para el cambio de titularidad son facilitar los siguientes datos y documentación:

  • Nombre completo del titular del contrato y su documentación (DNI, Tarjeta de Residencia o Pasaporte).
  • Dirección exacta de la vivienda.
  • Acreditación del uso de la vivienda: contrato de alquiler, escrituras, certificado de defunción, acta de divorcio etc.
  • Datos del antiguo titular.
  • Potencia eléctrica.
  • Número CUPS.
  • Número de cuenta bancaria para la domiciliación de las facturas.

¿Cuándo hay que efectuar el cambio de titular de la luz?

El cambio de titular de la luz y el gas así como otros suministros se ha de efectuar por los siguientes motivos:

Cambio de titular por alquiler o compraventa

Si vendes o alquilas tu casa, son los nuevos inquilinos los que han de hacerse cargo de la titularidad.

¿Y si no hay nuevo inquilino?

Si te vas a mudar de una vivienda que se va a quedar vacía, el inquilino que estuviera a cargo de dicho suministro eléctrico seguiría pagando las facturas.

Si la vivienda se va a quedar vacía y no quieres seguir pagando las facturas, lo que conviene en estos casos es dar de baja la luz o el gas para evitar así los costes del término fijo de la electricidad o el gas natural. Los suministros eléctricos han de pagarse independientemente de si se consumen o no.
Hay que estar muy seguros antes de dar de baja los servicios energéticos que el inmueble va a estar deshabitado durante mucho tiempo, ya que en caso de que alguien quisiera mudarse, habría que dar de alta la luz y el gas de nuevo, lo que implicaría el abono de una serie de tasas cuyo coste es bastante alto, mucho más que quizás lo que habría estado pagando el anterior titular por mantenerlos activos.

El proceso por el cual el titular inicia el proceso de dar de baja la electricidad, o también del gas natural, tampoco tiene coste para el titular. Es decir, cuando solicitas el cese del suministro eléctrico no tendrás que pagar nada por dicha gestión.

¿Y si no se hace el cambio de titular?

Si no se hace puede haber muchos problemas. El cambio de titularidad de los suministros tanto en una compraventa como un alquiler es muy importante, ya que, aunque no vivas en la vivienda, incluso si ni siquiera estás empadronado en ella, el usuario que esté de nombre en el contrato será el responsable del uso que se haga en la electricidad.

En este sentido, si hay algún accidente o un problema de impago, es el titular quién ha de hacerse responsable. Esto es aplicable incluso cuando en el contrato eléctrico se ha puesto un número de cuenta bancaria distinto al del titular (como puede ocurrir, por ejemplo, en caso de un alquiler de corta duración).

Todo ello está regulado a través de la Legislación 24/2013, de 26 de enero del Sector Eléctrico (BOE 27/12/2013), que depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España, responsable de velar porque se cumplan los derechos y responsabilidades de los usuarios frente a las compañías eléctricas.
 

Cambio de titular por fallecimiento

Si el anterior titular ha fallecido, un familiar directo de este (su cónyuge, hijos, etc.) deberá hacerse cargo del suministro, a menos que se quiera dar de baja el suministro.

En estos casos habrá que presentar, junto con toda la documentación arriba indicada, un certificado de defunción, y así poder cambiar de titular por fallecimiento. Recuerda que si una persona titular ha fallecido y tiene deudas, será obligación de los familiares más cercanos pagarlas una vez que se haya efectuado el cambio de titular por fallecimiento en los términos regulados por la ley. No es posible que esa deuda desaparezca aunque el titular haya fallecido.

Cambio de titular por divorcio

Una vez efectuado el divorcio y uno de los miembros de la pareja, distinto al que está asociada la titularidad del contrato se queda en la casa, se debe hacer el cambio de titular por divorcio. Es decir, la persona que se quede residiendo en el domicilio deberá ser la responsable de la titularidad de la luz y eximir a su anterior cónyugue de toda responsabilidad.

¿Cuánto cuesta el cambio de titular de la luz?

El cambio de titular de la luz es un trámite completamente gratuito. Cuando decidimos cambiar la titularidad de la luz no hay que pagar nada por dicha gestión salvo, claro está, que tu compañía distribuidora precise de una revisión de tu instalación eléctrica. En esos casos podrían cobrarte por el desplazamiento. Otros casos en los que podrían cobrarte son por la existencia de deudas del antiguo titular o si decides modificar la tarifa de luz a una superior.

¿Cuánto tarda el cambio de titular de la luz?

El cambio de titularidad no es inmediato y se hace efectivo en un tiempo que varía en función de cada comercializadora:

Compañía Tiempo para cambiar el titular
Endesa 15-20 días
Iberdrola 1-20 días
Naturgy 3-5 días
Repsol 7-10 días

El cliente tiene que esperar a que toda la información facilitada sea verificada por la comercializadora.

Dado que se precisan de al menos dos semanas para que el cambio de titular tenga efecto, es probable que la primera factura que recibas tras haber hecho de la gestión aún esté a nombre del anterior titular.

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Preguntas Frecuentes

El boletín eléctrico es el Certificado de Instalación Eléctrica, necesario para dar de alta la luz.

No es necesario el consentimiento del antiguo titular para hacer un cambio de titular, ya que el inquilino de un inmueble tiene el derecho y la obligación de hacerse cargo del contrato de luz o gas.

Cambiar de titular no tiene ningún tipo de limitación, se puede efectuar cuantas veces se quiera. Por ejemplo, con Naturgy el cambio de titular no tiene ningún tipo de limitación. No importa si tienes que hacer el cambio de titular Endesa o el cambio de titular con Iberdrola; en todas las compañías de luz es un proceso sencillo.

 

Actualizado el 4 Mar, 2024

redaction Redacción de Luz y Gas
Redactor

Alejandro Plaza

Redactor Energía

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