Cómo cambiar la titularidad de suministros por alquiler: Requisitos

Resumen Existe muchos escenarios en los que te veas obligado o aconsejado al cambio de la titularidad de tu suministro. Uno de ellos es por motivo de alquiler del inmueble o vivienda, y aquí te contamos todo sobre los plazos establecidos, el coste, la documentación necesaria y mucho más

Nuestros asesores te ayudarán a realizar todas las gestiones

¿Cómo cambio la titularidad de suministro por alquiler?

El cambio de titular de luz tanto en Endesa  como en cualquier otra compañía en un piso de alquiler es una gestión muy común y frecuente realizada por las comercializadoras de luz y gas natural.  Pero, ¿cómo cambiar de titular la luz?

Cuando eres el titular del suministro serás siempre el responsable de cualquier problema que tenga que ver con el. Por eso es recomendable cambiar de titular si los inquilinos nuevos van a estar una larga temporada. Esto hará que si los nuevos inquilinos no pagan el suministro será su problema y no el vuestro. Todas las obligaciones serán de los inquilinos y no del proprietario.

¿Cuánto se tarda en cambiar la titularidad de suministros por alquiler?

A pesar de que la solicitud a la hora de cambiar la titularidad de suministros por alquiler se hace al momento, la tramitación no es inmediata. Tardarás de 15 a 20 días útiles en visualizar la modificación en tus facturas. Esto puede ser dado a que el periodo de facturación actual debe cerrarse. Probablemente recibas una última factura a nombre del anterior titular y y la próxima estará con los datos modificados a tu nombre.

HolaLuz Clásica Un Precio

0,320000 €/kWh Precio por kWh

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  • icon money Potencia Punta: 0.0794€/kW día
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Estimación por consumo de 350 kWh/mes y una potencia contratada de 4 kW (sin impuestos)

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Atención al cliente de las principales comercializadoras

Grupo energético Mercado libre Teléfono de contacto Mercado regulado
Teléfono de contacto
Endesa Endesa Energía 800 760 909 Endesa Energía XXI 800 76 03 33
Iberdrola Iberdrola Clientes 900.225.235 Iberdrola Comercializadora de Referencia 900.200.708
Naturgy Naturgy Iberia 900.100.251 Comercializadora Regulada, Gas & Power 900 100 259
Repsol Repsol Energía 900,118.866

Regsiti Comercializadora Regulada SLU

900.101.005
EDP EDP Energía 900.907.000 EDP COR 900.902.947

El cambio de titularidad de suministros por alquiler en un piso también beneficia a los inquilinos ya que podrán modificar cualquier condición del contrato actual o incluso, si quisiesen, cambiar de tarifa o cambiar de comercializadora.

Recuerda

Es recomendable no dar de baja el suministro eléctrico cuando se vaya a poner en alquiler una vivienda ya que si no, se tendrán que volver a abonar los costes por el alta de la luz y el precio del cambio de titular de luz. Con un simple cambio de titularidad, los nuevos inquilinos se harán responsables del suministro eléctrico y el propietario podrá despreocuparse de los pagos de las facturas de la luz.

¿Cuál es la documentación necesaria para el cambio de la titularidad de suministros por alquiler?

Para la gestión del trámite para el cambio de titular tendrás que aportar los siguientes documentos:

  • Nombre, apellidos y DNI del precedente y nuevo titular del suministro.
  • Datos de contacto del residente de la vivienda.
  • Potencia eléctrica contratada actualmente.
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS), el cual se encuentra en la factura de luz.
  • Cuenta bancaria donde domiciliar recibos.

La modificación de titularidad por alquiler se puede realizar simultáneamente con el cambio de compañía eléctrica o de tarifa, dado que es un trámite conjunto.

Nuestro consejo

Ten a mano una factura de la luz del anterior inquilino o bien del propietario ya que ahí podrás encontrar fácilmente todos los datos que te pedirá la comercializadora en el momento de la solicitud.

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¿Qué ventajas tiene el cambio de titularidad por alquiler?

ventajas cambio titularidad alquiler

En el caso del propietario, su principal ventaja es eximirse de cualquiera de las responsabilidades y obligaciones que estén asociada al suministro.

En el caso del nuevo inquilino, mediante un cambio de tarifa o directamente de comercializadora, podrá elegir una oferta que se adapte a su consumo eléctrico y así ahorrar en la factura de la luz mes a mes.

El propietario no debe preocuparse por los cambios que realice el inquilino en el contrato ya que podrá volver a las condiciones contratadas previamente, siempre que el inquilino no contrate una tarifa con permanencia.

¿Cuánto cuesta el cambio de titularidad de los suministros por alquiler?

En cualquier caso e independientemente de la comercializadora con la que lo solicites, el cambio de titularidad de un contrato de luz es completamente gratuito y se podrá realizar tantas veces sea necesario.

¿En qué otras situaciones tengo que cambiar el titular de la luz?

¿Cuándo cambiar el titular de la luz? Varias son las circunstancias que pueden llevarnos a tener que cambiar de nombre la luz:

  • Compraventa de una vivienda: el nuevo propietario deberá hacerse cargo de los suministros de energía. Se recomienda que el anterior propietario no los dé de baja y así le ahorra pagar los derechos de alta al nuevo inquilino.
  • Divorcio: cuando una pareja se separa, el cónyuge que se queda con la vivienda y que no es titular del abastecimiento de electricidad, deberá poner el contrato a su nombre.
  • Fallecimiento del titular del contrato: en caso de cambio de titular por fallecimiento, algún familiar cercano o cónyuge deben tramitar la gestión de la titularidad del contrato.

Si te encuentras en alguna de las situaciones descritas arriba, cumples los requisitos para solicitar un cambio de titularidad.

¿Cambiar o no cambiar a la persona titular del gas y la luz?

Esto depende del periodo de tiempo que vaya a estar alquilado el piso por el inquilino pues si el contrato de alquiler tuviera una duración de sólo  un par de meses no vale realmente la pena realizar el cambio de titularidad. Lo que si debería hacerse es modificar la cuenta bancaria donde la factura se domicilia.

Por el contrario

si el inquilino va a quedarse en el piso alquilado durante un periodo de tiempo más extenso, si sería conveniente reemplazar a la persona titular del contrato por más que no sea obligatorio.

En resumen, si el contrato de alquiler es para una estancia larga, es decir, mínimo un año, lo más recomendable será modificar el titular del contrato; sin embargo, si es para una temporada corta no será estrictamente necesario. Al final, todo dependerá de las condiciones que acuerdes con el propietario.

¿Hay que darse de baja del contrato de luz y del gas cuando se deje la vivienda?

No obligatoriamente. Puedes ponerte de acuerdo con el propietario y preguntarle si desea que des de baja del contrato de luz o de gas.

Si el inquilino de la vivienda decidió cambiarse con una comercializadora de luz o de gas que al propietario no le agrada, si se debería proceder a efectuar el procedimiento de dar de baja el contrato. Por el contrario, si el propietario de la vivienda toma la decisión de mantener el suministro con la comercializadora actual, lo único que tendrá que hacer el inquilino que abandonará el piso es el cambio de titularidad del contrato de luz y de gas.

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FAQ

¿Cuál es el procedimiento para realizar el cambio de titularidad en el suministro eléctrico?

La modificación del titular en el suministro eléctrico puede realizarse de manera telefónica o en línea, ya sea mediante la plataforma virtual o el sitio web de la empresa de servicios eléctricos. Este proceso debe completarse directamente con la entidad comercializadora con la que se tenga contratada la tarifa en el momento de solicitar el cambio

¿Qué pasa si no cambio la titularidad de la luz?

Si no se realiza el cambio de titularidad en el suministro eléctrico y existe una deuda pendiente previa al contrato, es posible que se llegue a la suspensión del suministro eléctrico y a la retirada del medidor. Es crucial gestionar adecuadamente el cambio de titularidad para evitar interrupciones en el servicio y posibles inconvenientes relacionados con la deuda acumulada. Se recomienda llevar a cabo este trámite de manera oportuna para garantizar la continuidad del suministro eléctrico y evitar posibles complicaciones financieras.

¿Qué pasa si la luz está a nombre de una persona fallecida?

Cuando la titularidad del suministro eléctrico está a nombre de una persona fallecida, por lo general, este proceso lo realiza un familiar directo o alguien debidamente autorizado para llevar a cabo dicha gestión. La modificación del titular por fallecimiento requiere la presentación del certificado de defunción del titular ante la compañía eléctrica.

Actualizado el 26 Abr, 2024

redaction Redacción de Luz y Gas
Redactor

Alejandro Plaza

Redactor Energía

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