¿Cuánto se tarda en dar de alta la luz? Lo que debes saber
¿Cuánto tardan en dar de alta la luz?
Una vez se ha firmado el contrato para dar de alta la luz, comienza la tramitación. En este momento, es normal preguntarse cuánto tardan en dar de alta la luz las comercializadoras eléctricas.
Dar de alta la luz tiene un plazo estimado de entre 5 y 7 días laborales. Durante este periodo las distribuidoras se encargan de enviar un técnico al domicilio para la instalación del contador de luz, para que el usuario pueda disponer del suministro.
No es un trámite inmediato por lo que no conviene dar de alta la luz tras una mudanza o al llegar por primera vez a una vivienda, sino hay que realizarlo con al menos una semana de antelación.
Y aunque existe un plazo estimado, no es lo mismo el proceso dar de alta la luz con Endesa que con TotalEnergies, por lo que estos pueden cambiar ligeramente.
Por eso mismo, la mejor manera de saber con exactitud cuánto tiempo tardan en dar de alta la luz, es preguntárselo a la propia comercializadora una vez se haya firmado el contrato por el suministro.
Pasos para dar de alta la luz
- Conoce el estado de tu vivienda.
Debes comprobar que el domicilio tenga suministro eléctrico. Si es de primera ocupación, deberás tramitar su activación; si, por el contrario, es de segunda ocupación, debes cerciorarte de que exista el suministro en la vivienda. - Ponte en contacto con la compañía de luz.
La comercializadora eléctrica será la que realizará todas las gestiones necesarias para poder disfrutar del suministro de luz. - Ten lista toda la documentación necesaria.
La compañía te pedirá una serie de documentos para poder tramitar el alta de la luz (en el siguiente apartado te los señalamos). - Calcula la potencia eléctrica.
Para escoger una tarifa de luz, antes debes saber cuál es la cantidad de kW necesita tu hogar. Para ello es necesario saber el tamaño del domicilio y la cantidad de aparatos eléctricos se usarán a la vez. - Calcula el precio por tramitar el alta de luz.
Deberás pagar los derechos obligatorios a la distribuidora: derechos de extensión, enganche y acceso. Después de estos gastos, ya estará todo listo.
Comparador de tarifas
Para poder escoger la tarifa que más se adapte a tu consumo, te será de ayuda usar un comparador de tarifas de luz, antes de apostar directamente por una comercializadora. De esta manera, ahorrarás y contratarás el servicio acorde a tus necesidades.
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¿Qué documentos necesito para dar de alta la luz?
Los documentos necesarios para dar de alta la luz son los siguientes:
- Datos de contacto de quien vaya a ser el titular del contrato.
- Dirección de la vivienda o local donde se quiere dar de alta el suministro eléctrico.
- Potencia eléctrica que se va a contratar.
- Número CUPS (Código Universal del Punto de Suministro): podrás encontrarlo en cualquier recibo de la luz anterior -en caso de que la vivienda hubiese tenido suministro anteriormente-, o deberás solicitarlo a la distribuidora de la zona tras la instalación -en caso de que sea un alta por primera vez-.
- Boletín Eléctrico o CIE: si no cuentas con este documento tienes que contactar con una empresa instaladora o con un electricista autorizado.
- Número de la cuenta bancaria donde se domiciliarán los pagos de las facturas de la luz.
¿Cuándo debo dar de alta el suministro eléctrico?
El alta de del suministro eléctrico debe llevarse a cabo en dos situaciones:
1- Si el inmueble nunca ha contado con un suministro, dado que se trata de una vivienda o local de nueva construcción.
2- Si anteriormente hubo un suministro eléctrico, pero se ha dado de baja por algún motivo (deseo expreso del titular, impago, etc).
¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?
Preguntarse cuánto cuesta dar de alta la luz es muy importante para poder establecer un presupuesto.
Derechos obligatorios para el alta de la luz
Los derechos obligatorios del alta de la luz, también conocidos como derechos de acometida, son los mismos en todas las distribuidoras eléctricas y están regulados por el Gobierno:
- Derechos de extensión: se deberá abonar 17,37€/kW + IVA para cubrir la instalación eléctrica. Estos derechos se mantienen vigentes durante 3 años.
- Derechos de acceso: el importe es de 19,70€/kW + IVA y cubrirá el coste por el uso de la red de transporte eléctrico.
- Derechos de enganche: 9,04€/kW destinados a pagar lo que cuesta conectar la instalación del suministro eléctrico de la vivienda con la red eléctrica de la zona.
En caso de que la vivienda o local sea de segunda ocupación, y ya contase con suministro eléctrico que se dio de baja, los derechos de extensión no será necesarios abonarlos si han pasado menos de 3 años desde la baja.
En cambio, si el suministro lleva dado de baja más de 3 años o el inmueble es de nueva construcción, el cliente deberá abonar los tres derechos.
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Precio final por dar de alta el suministro eléctrico
La cantidad final a pagar por el alta de la luz dependerá de:
- La potencia contratada.
- La situación del suministro eléctrico.
- El tipo de instalación.
Para saber el importe total a pagar, será necesario multiplicar la potencia contratada por cada uno de los precios de los derechos de acometida.
Si te encuentras en el caso de tener que pagar todos los derechos íntegros, pagarás un importe u otro dependiendo de la potencia eléctrica que contrates:
Para instalaciones monofásicas
Potencia contratada | Precio con impuestos | Precio sin impuestos |
---|---|---|
3,45 kW | 165,68 € | 136,93 € |
4.6 kW | 217,27 € | 179,56 € |
5.75 kW | 268,85 € | 222,19 € |
6,9 kW | 320,43 € | 264,82 € |
8,05 kW | 372,02 € | 307,45 € |
9.2 kW | 423,60 € | 350,08 € |
10,35 kW | 475,19 € | 392,72 € |
Para instalaciones trifásicas
Potencia contratada | Precio con impuestos | Precio sin impuestos |
---|---|---|
3,464 kW | 166,32 € | 137,45 € |
5.196 kW | 244,00 € | 201,66 € |
6,928 kW | 321,69 € | 265,86 € |
10,392 kW | 477,07 € | 394,27 € |
¿Hay que pagar fianza para el alta de la luz?
Al dar de alta la electricidad por primera vez en un inmueble, la distribuidora eléctrica de tu zona que realice la instalación, te cobrará a modo de fianza -en caso de impago- un importe en concepto de depósito de garantía. Este depósito se corresponde con el coste de la facturación teórica mensual equivalente a 50 horas de uso de la potencia eléctrica contratada.
El depósito de garantía se abona al proceder al alta de la luz y se recuperará al dar de baja la luz o al cambiar de titular el contrato de la luz, en este caso el nuevo titular deberá abonar el depósito correspondiente de nuevo. En caso de dar de baja la luz, puedes encontrar aquí cuanto cuesta dar de baja la luz.
¿Qué problemas pueden surgir en el momento de dar alta la luz?
Para que se cumplan los plazos, no debe haber problemas durante el proceso -dado que esto retrasaría el procedimiento de contratación-. A continuación, te indicamos alguno de los contratiempos que surgen con más frecuencia:
- La distribuidora eléctrica puede tener abierto un expediente sobre el suministro eléctrico.
- La persona que solicite el alta del suministro puede encontrarse en una lista de deudores.
- Puede darse el caso, de que el lugar donde se quiera dar el alta de la luz no sea accesible para la distribuidora.
- Boletín Eléctrico caducado o que la distribuidora no lo tenga a mano.
- Si se trata de un alta de la luz en un piso de segunda ocupación y la lectura del contador eléctrico no se corresponde con la de los pagos realizados anteriormente, será necesario regular la diferencia y tomar la lectura real. Por ello, el nuevo propietario o inquilino de la vivienda tendrá que demostrar a la distribuidora que no se trata de su lectura porque acaba de adquirir el inmueble.
Evita demoras
Si te mudas y debes dar de alta la luz, comprueba el estado del suministro eléctrico de tu nuevo hogar para evitar problemas que retrasen el alta de la luz.
Dar de alta la luz vs. contratar luz
Los trámites de dar de alta el suministro, nada tienen que ver con los de contratar la tarifa de la luz. Dar de alta la luz solo hay que realizarlo una vez en la vivienda, salvo que se haya dado de baja el suministro y haya que volver a activarlo; mientras que para contratar una tarifa eléctrica no hay límite.
Estos trámites se diferencias en los siguientes aspectos:
- Dar de alta la luz: se va a preparar la vivienda para que tenga electricidad.
- La compañía que da de alta la luz es la distribuidora. Esta empresa activa el suministro, a la par que la comercializadora solamente hace de mediadora.
- Contratar una tarifa de luz: no cuesta dinero y según qué tarifa se escoja, se pagará un importe u otro en las facturas eléctricas.
Si tienes problemas para contratar la luz, llámanos gratis y te ayudamos sin compromiso
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Actualizado el 27 Jun, 2024
Redactor Energía
Licenciado en Periodismo y especializado en energía, tecnologías de la información y geopolítica. Tras una dilatada experiencia en diversos medios de comunicación, actualmente escribe artículos como experto en el sector del mercado de electricidad, gas e internet.
Licenciado en Periodismo y especializado en energía, tecnologías de la información y geopolítica. Tras una dilatada experiencia en diversos medios de comunicación, actualmente escribe artículos como experto en el sector del mercado de electricidad, gas e internet.
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