¿Cómo realizo el cambio de titularidad por divorcio?
El cambio de titularidad por divorcio para suministros de luz y gas, es una pregunta que se hacen algunas parejas y que es necesario por una razón:
eximir al cónyuge que no permanece en la vivienda de toda obligación y responsabilidad relacionada con los suministros.
La persona que permanezca en la vivienda será la que deba
asumir toda responsabilidad y obligación relacionada con los contratos de electricidad y gas natural. El cónyuge que no resida más en la casa no tiene por qué pagar una factura asociada a un consumo que no está realizando.
Nuestro consejoAntes de solicitar un cambio de titularidad por divorcio comprueba que quieres seguir con la tarifa contratada. Para ello, puedes utilizar un comparador de tarifas energéticas que te permitirá realizar una búsqueda de las ofertas más baratas en base a tu consumo.
Documentación necesaria para el cambio de titularidad por divorcio
La solicitud del cambio de titularidad tras un divorcio la debe realizar la persona que vaya a asumir las responsabilidades del suministro, es decir, el
nuevo titular. El trámite puede gestionarse a través de una
llamada telefónica a la comercializadora con la que se tenga el contrato o con la que se quiera contratar la nueva tarifa. Deberás aportar los siguientes
documentos a la comercializadora:
- Datos personales y de contacto del antiguo y nuevo titular: en ocasiones las comercializadoras pueden solicitar algún tipo de documento que acredite la relación entre ambas personas.
- Localización de la vivienda: deberás proporcionar la dirección exacta de la casa para que la comercializadora sepa dónde se encuentra el punto de suministro.
- Número CUPS: la comercializadora te pedirá el Código Universal del Punto de Suministro que es único en cada instalación y lo podrás encontrar en tus facturas anteriores.
- Número de cuenta bancaria: deberás proporcionar un número de cuenta bancaria para que domicilien los pagos de los recibos.
- En el caso de la luz deberás indicar la potencia eléctrica contratada en la vivienda, y si quisieses modificarla, deberás indicarlo.
- En el caso del gas, deberás aportar la tarifa o peaje de acceso al gas natural. Lo más común en una vivienda es tener una tarifa de acceso 3.1 o 3.2.
¿Dar de baja el suministro o cambiar de titularidad por divorcio?
Para facilitar la tramitación, lo mejor es tener a mano una
factura anterior donde podrás encontrar
todos los datos relacionados con el suministro y el antiguo titular.
Cuando se enfrenta la disyuntiva entre el cambio de titular por divorcio o dar de baja el suministro, la decisión depende de la situación en la que quedará la vivienda tras la separación.
En función del grado de ocupación, se deberá determinar cuál opción es más conveniente: cambiar el titular o dar de baja el suministro.
Optar por el cambio de titular por divorcio implica tener una planificación clara sobre el destino inmediato de la vivienda. Esto puede deberse a que uno de los cónyuges permanecerá en ella o a la anticipación de un considerable interés una vez que se ponga en venta o alquiler.
Sin embargo,
el dilema se intensifica cuando no hay interés por parte de nadie en la vivienda y esta quedará desocupada por un período prolongado. En este escenario, surge el riesgo de conexiones ilegales. La solución en este caso sería
dar de baja el suministro energético.
¿Qué supone un cambio de titular?
Ser el titular de los contratos supone tener la
máxima responsabilidad sobre los suministros: efectuar los pagos de las facturas, responder en caso de avería y poder realizar cualquier cambio que crea oportuno como el cambio de tarifa, de compañía u otros trámites para el cambio de titular del titular.
Por ello,
en caso de que el cónyuge que se quede con la vivienda no sea quien esté adscrito como titular de los contratos, deberá solicitar el cambio de titularidad a su comercializadora.
¿Cuál es el precio cambiar de titular?
El
cambio de titular de la luz tiene un precio de 0 euros, es un trámite
100% gratuito que se puede realizar las veces que sea necesario. Ni el nuevo ni el antiguo titular deberán abonar ningún coste a la comercializadora por esta gestión.
También te puede interesarJunto con el cambio de titularidad se pueden realizar otras gestiones como el cambio de compañía que también es un trámite gratuito si no existe permanencia con la anterior comercializadora. Si fuese necesario, también se puede realizar un cambio de tarifa de luz o de gas natural.
¿Cuánto tarda el cambio de titular de la luz?
El cambio de nombre de los contratos de electricidad o gas natural no es inmediato. Puede tardar de
15 a 20 días útiles desde el momento en el que se solicita a la comercializadora. Lo más normal es que se reciba una última factura a nombre del antiguo titular ya que será necesario que se cierre el periodo de facturación actual.
La siguiente factura ya reflejará las modificaciones.
¿En qué otros casos necesito realizar el cambio de titular?
El cambio de titular es un trámite por medio del cual se modifica el contrato energético y
se hace responsable al nuevo titular eximiendo de responsabilidad al anterior usuario del mismo. Una de las situaciones más comunes par el cambio de nombre es el divorcio, sin embargo
para solicitar la modificación del nombre del contrato tienes que cumplir alguno de los siguientes requisitos para el cambio:
- Cambio de titularidad por fallecimiento.
- En los pisos o locales en los que habrá que cambiar de titularidad la luz por alquiler dado que el nuevo inquilino tendrá que asumir la responsabilidad del suministro.
- Cuando se adquiere una nueva vivienda el nuevo propietario deberá asumir las responsabilidades asociadas al suministro.
Las personas que lo deseen pueden realizar el cambio de titularidad de luz o de gas. En ambos casos, será necesario aportar una
documentación, que deberás tener a mano.
Al efectuar un cambio de titularidad, te recomendamos eliminar todas las cláusulas de la oferta anterior y empezar con una tarifa base elegida por el nuevo cliente de la comercializadora. Esta opción permite liberar cargas al inquilino, permitiéndole elegir la mejor tarifa y no obligándole a pagar por un suministro que podría ser ineficiente.
Si lo deseas puedes
cambiar la tarifa eléctrica y a partir de ese momento podrás efectuar cualquier gestión con la comercializadora.
Entre los trámites que realizan los usuarios se encuentran los siguientes:
Las consecuencias son las mismas independientemente de cuando se vaya a cambiar el titular de la luz en un domicilio.
¿Es lo mismo el cambio de domiciliación bancaria que el cambio de de titularidad?
Junto con el cambio de titularidad se pueden realizar otros trámites de manera simultánea como el cambio de domiciliación bancaria. Ambas gestiones son diferentes y es muy importante no confundirlas.
Mediante un cambio de cuenta bancaria...Solo se modifica el número de cuenta a la que se asocian los pagos de las facturas, siendo el titular la misma persona. Cambiar únicamente la cuenta bancaria asociada no es recomendable para el titular ya que en caso de que surja problemas o situaciones de impago, el responsable seguirá siendo él.
Bien sea que se adquiera una vivienda, en el caso de un divorcio o de un fallecimiento será necesario una decisión que tendrá consecuencias en el tipo de trámite que se deberá realizar con la comercializadora.
El usuario puede elegir entre:
- Proceder únicamente al cambio de la cuenta bancaria.
- Efectuar el cambio del titular del suministro de electricidad.
En todo caso aquí te presentamos las principales ventajas de tomar una u otra decisión:
| Trámites | Partes del contrato | Ventaja | Desventaja |
|---|
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Cambiar el titular | Los propietarios | El responsable de los pagos pasa a ser el inquilino. |
No se podrá renovar el contrato con deudas. |
| Los inquilinos | Podrá modificar la tarifa. |
| Cambiar la domicialización | Los propietarios | Cambio instantáneo de cuenta bancaria. |
El propietario podría quedarse con la deuda del inquilino.
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